Paraguay: Boletín de novedades tributarias de noviembre

En el mes de noviembre de 2022, el Poder Ejecutivo (el “PE”) y la Subsecretaria de Estado de Tributación (“SET” o “Administración Tributaria”) dictaron las siguientes normas:

Decreto Nº 8.015
El 17 de octubre de 2022, el Poder Ejecutivo dictó este decreto y modificó el porcentaje del Arancel Nacional Vigente (“ANV”) aplicable a vehículos usados. Según lo determinado en esta norma, el ANV varía del 5% al 30%.

Decreto Nº 8.175/22
El 7 de noviembre de 2022, el PE decretó la modificación del artículo 19 del Decreto Nº 3.107/19,el cual reglamenta el Impuesto al Valor Agregado (“IVA”). La mencionada modificación determinó los nuevos criterios a ser tomados en cuenta por los prestadores de servicios independientes al momento de la composición y deducción del crédito fiscal.

Los prestadores de servicios pueden deducir el crédito fiscal del IVA de la siguiente manera:

  • Salud personal, incluidos los medicamentos, tratamientos médicos y medicina prepaga exclusivamente para la cobertura del contribuyente;
  • Hasta el 30% de los alimentos y bebidas no alcohólicas;
  • Capacitaciones o especializaciones que se relaciones con el servicio prestado por el contribuyente;
  • Servicio de suministro de energía eléctrica, provisión de agua, alcantarillado, recolección de residuos o servicios de telecomunicaciones, destinados a la prestación de servicios del contribuyente. Cuando los servicios mencionados sean destinados conjuntamente al uso particular, se debe considerar hasta el 50% del crédito fiscal del IVA;
  • Arrendamiento destinado a oficinas. Cuando el inmueble también sea utilizado para uso particular del contribuyente, se debe considerar hasta el 50% del crédito fiscal del IVA;
  • Mantenimiento, remodelación o refacción de la oficina;
  • Útiles, muebles y enseres de oficina, servidores, equipos informáticos y de telecomunicaciones, equipamiento profesional y herramientas, incluidos sus mantenimientos;
  • Vestimenta acorde con el ejercicio de la profesión u oficio prestado;
  • Contratación de servicios de publicidad y marketing;
  • Subcontratación de servicios profesionales destinados para la prestación del servicio gravado;
  • Repuestos, lubricantes, mantenimientos, reparaciones y seguros de los autovehículos destinados a la prestación del servicio; y,
  • Hasta el 30% de la deducción del IVA Crédito correspondiente a la adquisición de auto vehículos conforme a lo establecido en la Ley Tributaria.

Decreto Nº 8.416/22
El 30 de noviembre de 2022, el PE dispuso la prórroga del Decreto Nº 6.620/20, y, en consecuencia, excepcionalmente quedó modificada la base imponible del Impuesto Selectivo al Consumo para la importación de determinados combustibles derivados del petróleo hasta el 31 de diciembre de 2022.

Resolución General Nº 122 (“RG 122”)
Por medio de la RG 122, del 21 de noviembre de 2022, la SET dispuso la actualización de los contribuyentes sujetos a la categoría de Pequeños Contribuyentes bajo la jurisdicción y competencia de la Dirección General de Recaudación y de Oficinas Regionales. En consecuencia, a partir del 1 de diciembre de 2022, todas las actividades relacionadas con la recepción de declaraciones juradas, la liquidación y el cobro de los tributos fiscales, así como el registro y control de lo recaudado y la fiscalización de sus actividades que anteriormente correspondían a la Dirección General de Grandes Contribuyentes pasarán a ser llevadas por la Direccion General de Recaudación y de Oficinas Regionales. La RG 122 provee del Anexo 1 y el Anexo 2, los cuales mencionan los contribuyentes que pasaron a estar sujetos a su jurisdicción.

Writers: Erika Bañuelos and Fabrizio Benavente (Ferrere)
Original: https://us9.campaign-archive.com/?e=%5bUNIQID%5d&u=8abbf98d173b1697776ee76cf&id=a427b660f8